La Universidad de Salamanca, consciente de la importancia de la colaboración entre el ámbito académico y el sector privado, ha desarrollado un detallado Plan de Mecenazgo y Patrocinio con una serie de objetivos clave: coordinar las relaciones de la universidad y las empresas o entidades, dar soporte y asesoramiento a la comunidad universitaria en este tema, visibilizar las acciones de mecenazgo, creación de un censo de proyectos y actuaciones y reconocimiento de las entidades colaboradoras y donantes individuales que contribuyen al desarrollo de la universidad.
La Universidad de Salamanca, en su compromiso por fomentar la colaboración entre el ámbito académico y el sector externo público-privado, plantea un esquema de patrocinio flexible que abarca diversas modalidades. Este enfoque no solo enriquece las actividades académicas y de investigación de la universidad, sino que también ofrece a las entidades patrocinadoras la oportunidad de asociarse con una institución de renombre y contribuir al desarrollo del conocimiento y la innovación.
Patrocinio colaborativo
Patrocinio a un evento
Patrocinio a un centro de investigación/grupo de investigación
Patrocinio a una Facultad
Cátedra y/o Aula por mecenazgo
Convenios de colaboración por mecenazgo
Donaciones y aportaciones directas
Las donaciones pueden ser dinerarias, de bienes o de derechos. Estas contribuciones pueden ser realizadas por cualquier persona, convirtiéndose así en mecenas de la Universidad de Salamanca.
Una vez formalizada la donación, la Universidad emitirá un certificado de donación que permitirá al donante acreditar la eficacia de su contribución y aplicar las deducciones fiscales contempladas en la normativa vigente.
Convenios de colaboración empresarial
Se trata de acuerdos formalizados mediante convenios de colaboración entre la Universidad de Salamanca y personas jurídicas. En estos acuerdos, la entidad colaboradora proporciona una ayuda económica para la realización de un proyecto o actividad universitaria específica.
A cambio de la aportación económica, la Universidad se compromete a difundir, por cualquier medio, la participación del colaborador en las actividades financiadas. Esta difusión no constituye una prestación de servicios y, por tanto, no está sujeta al IVA.
Personas físicas
Para quienes hayan efectuado donativos a la misma entidad durante los dos últimos períodos impositivos por un importe igual o superior en cada uno de ellos respecto al ejercicio anterior, podrán aplicar una deducción del 45% sobre el exceso de 250 €, en lugar del 40% aplicable con carácter general.
Personas jurídicas
Límite de deducción: en todos estos casos, el límite de deducción sobre la base liquidable es del 15%.