Mecenazgo y patrocinio de la Universidad de Salamanca

La Universidad de Salamanca, consciente de la importancia de la colaboración entre el ámbito académico y el sector privado, ha desarrollado un detallado Plan de Mecenazgo y Patrocinio con una serie de objetivos clave: coordinar las relaciones de la universidad y las empresas o entidades, dar soporte y asesoramiento a la comunidad universitaria en este tema, visibilizar las acciones de mecenazgo, creación de un censo de proyectos y actuaciones y reconocimiento de las entidades colaboradoras y donantes individuales que contribuyen al desarrollo de la universidad.

Tipos de colaboración

La Universidad de Salamanca, en su compromiso por fomentar la colaboración entre el ámbito académico y el sector externo público-privado, plantea un esquema de patrocinio flexible que abarca diversas modalidades. Este enfoque no solo enriquece las actividades académicas y de investigación de la universidad, sino que también ofrece a las entidades patrocinadoras la oportunidad de asociarse con una institución de renombre y contribuir al desarrollo del conocimiento y la innovación.

Patrocinio colaborativo

Patrocinio a un evento

Patrocinio a un centro de investigación/grupo de investigación

Patrocinio a una Facultad

Cátedra y/o Aula por mecenazgo

Convenios de colaboración por mecenazgo

Modalidades de aportación

Donaciones y aportaciones directas

Las donaciones pueden ser dinerarias, de bienes o de derechos. Estas contribuciones pueden ser realizadas por cualquier persona, convirtiéndose así en mecenas de la Universidad de Salamanca.

 

Una vez formalizada la donación, la Universidad emitirá un certificado de donación que permitirá al donante acreditar la eficacia de su contribución y aplicar las deducciones fiscales contempladas en la normativa vigente.

Convenios de colaboración empresarial

Se trata de acuerdos formalizados mediante convenios de colaboración entre la Universidad de Salamanca y personas jurídicas. En estos acuerdos, la entidad colaboradora proporciona una ayuda económica para la realización de un proyecto o actividad universitaria específica.

 

A cambio de la aportación económica, la Universidad se compromete a difundir, por cualquier medio, la participación del colaborador en las actividades financiadas. Esta difusión no constituye una prestación de servicios y, por tanto, no está sujeta al IVA.

Incentivos fiscales

Personas físicas

  1. Deducción del tramo estatal:
    • 80% de los donativos a la Universidad hasta un máximo de 250 €.
    • 40% del importe del donativo que exceda los primeros 250 €.
    • 45% del importe que exceda los 250 € si es el tercer año consecutivo en que se colabora con una cantidad igual o superior a la de los años anteriores.
  2. Aplicación en la declaración de la renta:
    • Los primeros 250 € de la donación permiten una deducción del 80% en la cuota íntegra del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
    • El exceso sobre 250 € se deduce al 40%.

 

Para quienes hayan efectuado donativos a la misma entidad durante los dos últimos períodos impositivos por un importe igual o superior en cada uno de ellos respecto al ejercicio anterior, podrán aplicar una deducción del 45% sobre el exceso de 250 €, en lugar del 40% aplicable con carácter general.

Personas jurídicas

  1. Deducción en el Impuesto de Sociedades:
    • Las personas jurídicas podrán deducir de la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades el 40% del valor de la donación efectuada.
    • Este porcentaje se incrementará al 50% cuando las donaciones se hayan realizado a la misma entidad en los dos últimos períodos impositivos por un importe igual o superior en cada uno de ellos respecto al ejercicio anterior.
  2. Beneficio adicional por apoyo a la investigación:
    • Se podrá añadir un 5% adicional a la deducción si las donaciones se destinan a programas de investigación universitaria y doctorado, de acuerdo con la Disposición Adicional 18ª de la Ley Orgánica 4/2007 de Universidades.

 

Límite de deducción: en todos estos casos, el límite de deducción sobre la base liquidable es del 15%.