Convocatoria de Programas de Reindustrialización y Competitividad Industrial

El plazo de presentación finalizará el 17 de julio de 2017.

El 8 de abril se publicó en el BOE el extracto de la convocatoria de 2017 de los Programas de Reindustrialización y Fortalecimiento de la Competitividad Industrial del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, para la concesión de apoyo financiero a la inversión empresarial para el desarrollo industrial, dotada con de 600 millones de euros de presupuesto.

Las principales características de la convocatoria, son las siguientes:

 PLAZO DE PRESENTACIÓN: del 30/05/2017 al 17/07/2017

Formalización y presentación de solicitudes: https://sede.minetad.gob.es

Beneficiarios:

Empresas que desarrollen, o vayan a desarrollar, actividad industrial encuadrada en la Sección C-Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), diferenciándose a las pymes de las grandes empresas.

No podrán obtener la condición de beneficiario entidades en quienes concurra algunas de las circunstancias detalladas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones ni aquellas empresas que se encuentren sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda al beneficiario ilegal e incompatible con el mercado común.

Tipos de proyecto:

  • Creación de establecimientos industriales.
  • Traslado.
  • Ampliaciones de capacidad de producción instalada en centros de producción existentes, a través de la implantación de nuevas líneas de producción.
  • Mejoras y/o modificaciones de líneas de producción.

Requisitos de los proyectos:

  • Plazo de ejecución de las inversiones: desde el 1 de enero del año de la convocatoria hasta 18 meses a partir de la resolución definitiva de concesión.
  • Presupuesto mínimo de 100.000 €.
  • Garantías: Necesidad en la solicitud de un aval del 10% del préstamo que se solicite.
  • Financiación privada: al menos el 25% de la inversión.

Conceptos financiables:

  • Obra Civil: urbanización y canalizaciones, con exclusión expresa de terrenos.
  • Edificación: adquisición, construcción, ampliación o adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones y otros equipos no vinculados directamente al proceso.
  • Aparatos y equipos de producción, excluidos los elementos de transporte exterior. Pueden ser de primer o segundo uso.
  • Ingeniería de proceso de producción: personal propio, materiales y colaboraciones externas necesarias para diseño y/o rediseño de procesos.

Tipo e intensidad de la ayuda:

Préstamo de hasta el 75% del presupuesto financiable con 10 años de amortización y 3 años de carencia a un tipo de interés, según evaluación económico-financiera (1,575%, 2,20% ó 4%, en función de la evaluación económico-financiera).